Concepto
La factura comercial es un soporte contable que contiene además de los datos generales de los soportes de contabilidad, la descripción de los artículos comprados o vendidos, los fletes e impuestos que se causen y las condiciones de pago.
Desde el punto de vista del vendedor, se denomina factura de venta y del comprador, factura de compra. Generalmente, el original se entrega al cliente y se elaboran dos copias, una para el archivo consecutivo y otra para anexar al comprobante diario de la contabilidad.
Requisitos de la Factura:
La factura se debe expedir con los siguientes requisitos:
♦ Estar denominada expresamente como factura de venta. (preimpreso).
♦ Numeración en orden consecutivo. (preimpreso).
♦ Apellidos y nombre o razón social y NIT del vendedor o de quien preste el servicio. (preimpreso).
♦ Apellidos y nombre o razón social del adquiriente los bienes o servicios.
♦ Fecha de expedición.
♦ Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados.
♦ Valor total de la operación
♦ El nombre o razón social y NIT del impresor de la factura. (preimpreso).
♦ Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas.
Documentos equivalentes a la factura:
son documentos equivalentes a la factura:
♦ Los tiquetes de maquinas registradoras
♦ Las boletas de ingreso a espectáculos públicos
♦ Los tiquetes de transporte.
♦ Los recibos de pago de matriculas y pensiones expedidos por los establecimientos de educación reconocidos por el gobierno
♦ Pólizas de seguros, títulos de capitalización y los respectivos comprobantes de pago
♦ Extractos expedidos por sociedades fiduciarias, fondos de inversión, fondos de inversión extranjera, fondos mutuos de inversión, fondos de valores. Fondos de pensiones y de cesantías.
♦ Facturas electrónicas: entiéndase por factura electrónica el documento computacional que soporta una transacción de venta de bienes o prestación de servicios, transferido bajo un lenguaje estándar universal denominado EDIFACT de un computador a otro
Quienes no están obligados a facturar:
no se encuentran obligados a expedir factura en sus operaciones:
♦ Las Cooperativas de ahorro y crédito, los fondos de empleados en relación con las operaciones financieras que realicen
♦ Los responsables inscritos en el régimen simplificado.
♦ Los distribuidores minoristas de combustibles derivados del petróleo, en lo referente a estos productos.
♦ Quienes presten servicios de baños públicos en relación con esta actividad
♦ Las personas naturales que enajenen productos agropecuarios, cuando el valor de la operación no sobrepase la cuantía señalada para cada año por el gobierno nacional
♦ Las personas naturales vinculadas por una relación laboral en relación con esta actividad
♦ Las empresas que prestan el servicio de transporte publico urbano o metropolitano de pasajeros
Factura de venta de Mercancía al contado.
Al contabilizar las ventas al contado se debita caja y se acredita comercio al por mayor y al por menor, si la mercancía no esta gravada; si esta gravada se acredita también la cuenta impuesto sobre ventas por pagar.
Al contabilizar las compras al contado se debita compras, si la mercancía no esta gravada se debita además impuesto sobre las ventas por pagar, y se acredita bancos o caja
Factura de venta de Mercancía a crédito:
El vendedor elabora la factura en original y copias, de acuerdo con su organización contable, así: original para cartera, una copia para el cliente, otra para el archivo consecutivo y otra para anexar al comprobante diario de contabilidad. La empresa que compra mercancía al contado o a crédito, seleccionan los proveedores que les cotizan los artículos de acuerdo con la calidad, precio y condiciones de pago que se ajustan a sus necesidades. Después de estudiar las solicitudes de mercancía de su almacén, efectúan los pedidos de mercancías mediante una orden de compra para el proveedor elegido, por haber, presentado la mejor cotización.
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